Código ético y de conducta (PDF)
Índice
1. Razón de ser del Código ético y de conducta de Ojos del mundo
2. Identidad de Ojos del mundo
2.1. Principios fundamentales y premisas de actuación
2.2. Prioridades transversales
3. Ámbito de aplicación
3.1. Relación con las personas participantes de los proyectos
3.2. Relación con niños y adolescentes
3.3. Relación con el sector privado con afán de lucro
3.4. Relación con los proveedores
3.5. Relación con las personas vinculadas a Ojos del mundo
4. Funcionamiento y criterios de actuación
4.1. Conflicto de intereses y prevención del fraude y la corrupción
4.2. Captación y gestión de fondos
4.3. Datos personales e imágenes
4.4. Transparencia en la gestión y la información
5. Difusión, aplicación y cumplimiento
5.1. Difusión y aplicación del Código
5.2. Mecanismos de denuncia de irregularidades y abusos
5.3. Aprobación y modificación del Código
Anexo 1: Declaración personal y compromiso con el Código
Anexo 2: Principios y normas para la gestión de los conflictos de intereses y de la prevención del fraude y la corrupción
1. Razón de ser del Código ético y de conducta de Ojos del mundo
Este Código ético y de conducta reconoce a Ojos del mundo como miembro activo de la sociedad actual y subraya su compromiso por la excelencia, la transparencia y la responsabilidad.
El documento recoge los principios, las pautas y los criterios, coherentes con el cumplimiento de la misión de la Fundación, que deben servir de guía para la ejecución de las acciones y para la administración de la entidad.
El Código ético y de conducta está sujeto a los principios establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y es de aplicación global, siendo válido y de total cumplimiento en cualquier territorio donde la Fundación intervenga o cualquier tipo de acción que realice.
Deben respetarlo todas las personas que formen parte de ella, también aquellas que participen puntualmente o colaboren de forma voluntaria en la implementación de las actividades. Es decir, se aplica a toda persona que participe en Ojos del mundo, sea cual sea su grado de implicación: voluntaria, contratada o miembros de comités o del Patronato.
Aparte del Código, en el Estado español todas las personas están sujetas a normativa, como: la Ley orgánica de protección de datos, la normativa de protección al denunciante o la normativa de transparencia.
Además, las personas contratadas, están sujetas al convenio colectivo o a la regulación análoga existente en cada territorio de intervención y en la normativa, políticas y procesos internos de la organización.
2. Identidad de Ojos del mundo
2.1. Principios fundamentales y premisas de actuación
Ojos del mundo trabaja para erradicar la ceguera evitable en los países donde trabaja y lo hace teniendo siempre presente la responsabilidad de cada una de las acciones, la importancia de quien apoya y, sobre todo, el compromiso con la población a la que se dirige. Nuestros principios fundamentales son los siguientes:
Humanidad: Ojos del mundo es una organización sanitaria y sus proyectos repercuten directamente en la salud de las personas. En cualquier caso, la Fundación tiene como principio fundamental el respeto de la dignidad humana y el alivio del sufrimiento. Todos los miembros de la organización deben respetar los códigos deontológicos propios de su profesión.
Independencia: Ojos del mundo intenta diversificar sus fuentes de financiación con el fin de garantizar su libertad ética y financiera.
Igualdad de oportunidades y equidad de género: La Fundación ayuda a las personas y grupos más vulnerables, sin distinción social, religiosa, étnica, ni de ningún otro tipo, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades en el derecho a la salud ocular, e incorpora la perspectiva de género en todos los ámbitos de la entidad.
Altruismo: Ojos del mundo es una organización basada en la prestación de servicios voluntarios, aunque también cuenta con el personal remunerado necesario para alcanzar un funcionamiento coordinado, continuado y eficiente. El voluntariado de Ojos del mundo aporta sus capacidades profesionales y humanas y se compromete con las personas y los grupos que reciben la ayuda, con las actividades de la Fundación y con la sociedad en general.
Profesionalidad: El personal voluntario y los trabajadores y trabajadoras de la Fundación deben ser capaces de sacar el máximo rendimiento de sus acciones y de los recursos que gestionan.
Transparencia: Ojos del mundo se compromete ante las poblaciones beneficiarias, los colaboradores/as y los y las donantes a actuar con total transparencia, informando del buen uso y gestión de sus fondos e incorporando todas las garantías que sean necesarias para demostrar la eficiencia de su funcionamiento.
En cuanto a las premisas de actuación, la Fundación pone énfasis en:
- Permanencia de las actuaciones, entendida como el compromiso con la población y las autoridades a largo plazo, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad y la viabilidad técnica, económica y medioambiental.
- Desarrollo y apuesta por la formación como herramienta de futuro.
- Cooperación, que implica la colaboración con las otras organizaciones que actúan en la zona, y la integración en la red sanitaria local.
- Eficiencia y capacidad de maximizar y controlar los recursos; humanos, materiales y naturales.
2.2. Prioridades transversales
Enfoque de género
La equidad de género es uno de los principios fundamentales de la Fundación, con el que se compromete a desarrollar acciones dirigidas al empoderamiento de las mujeres y a conseguir su acceso equitativo a la salud ocular.
Ojos del mundo dispone de una Estrategia de género con el objetivo de integrar la perspectiva de género a los proyectos de cooperación, las acciones de comunicación, educación y sensibilización, y en la cultura organizacional de la entidad.
Ojos del mundo cuenta también con una persona de la entidad como responsable de la implementación, seguimiento y evaluación de la estrategia en base a los objetivos, resultados y actividades establecidas.
La estrategia de género se revisa regularmente para adecuarla a la realidad de la Fundación en cada momento.
Responsabilidad medioambiental
En cumplimiento de los principios medioambientales del Pacto Mundial de Naciones Unidas y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la actuación de Ojos del mundo se centra en la adopción y seguimiento de las siguientes medidas:
- Ojos del mundo integra las normativas medioambientales de manera coherente en todos los procesos de toma de decisiones y en todas las actuaciones que se llevan a cabo en la organización, cumpliendo los principios de prevención y reducción del impacto ambiental y promoviendo la mejora continua de nuestra gestión y comportamiento en este sentido.
- Ojos del mundo fomenta iniciativas que promueven una mayor responsabilidad ambiental. En este sentido, la Fundación dispone de un Plan de Gestión Medioambiental que fomenta un consumo responsable de los recursos energéticos y la separación, reutilización y reciclaje de residuos y materiales. Este Plan también integra la sostenibilidad ambiental en las estrategias, proyectos y operaciones de la Fundación.
- Ojos del mundo favorece el desarrollo y la difusión de nuevas tecnologías respetuosas con el medio ambiente, como por ejemplo, la formación a través de videoconferencias para reducir desplazamientos.
3. Ámbito de aplicación
3.1. Relación con las personas participantes de los proyectos
La Fundación vela por el respeto absoluto a la dignidad de toda persona y, en especial, de las que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Todo acto de explotación, violencia o abuso sexual, así como cualquier infracción de normas penales del país donde se lleven a cabo en el marco del contacto con personas atendidas o participantes de los proyectos comportará medidas que pueden incluir la suspensión, la repatriación inmediata, el despido y la inhabilitación para toda futura vacante en la Fundación Ojos del mundo. Estas medidas se aplicarán, adaptadas a cada caso, a todo el personal contratado y voluntario.
3.2. Relación con niños y adolescentes
Uno de los grupos de población más vulnerables a los que la Fundación se dirige son los niños, niñas y adolescentes. Por este motivo, la Fundación establece unas normas a seguir en todas sus actuaciones, para así garantizar la protección de los niños y adolescentes con quienes interactúa. En este sentido, la Fundación se compromete a:
- Denunciar y condenar las acciones que vulneren los derechos de la infancia, malas prácticas o comportamientos violentos.
- Garantizar la privacidad y confidencialidad sobre los datos personales de los niños y niñas y de sus familias.
- Establecer relaciones libres de cualquier tipo de violencia y discriminación en todos los ámbitos y esferas que afecten a la infancia.
- Respetar la legislación y las costumbres de cada territorio en relación con las autorizaciones para fotografiar y grabar niños y el derecho a su imagen, su intimidad y su dignidad. Para fotografiar o grabar niños y niñas se utilizarán los dispositivos asignados por la Fundación (cámara de fotos, cámara de vídeo o móvil) destinados única y exclusivamente para este fin.
- Evitar actuaciones o comportamientos impropios para la atención, protección y participación infantil. En caso de personas profesionales o voluntarias residentes en el Estado español que deban tener contacto habitual con niños o adolescentes, se les solicitará que aporten un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual (de conformidad con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, así como la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado), así como a las personas residentes en otros estados que tengan un documento de naturaleza análoga. En caso negativo, se les pedirá una declaración escrita. Del mismo modo, cuando Ojos del mundo trabaje con socios locales u otras organizaciones que puedan tener contacto con niños o adolescentes, pedirá que se apliquen estas normas u otras análogas y así se hará constar en los convenios escritos que se firmen con estas entidades.
En cuanto a la relación con niños y niñas, la Fundación proscribe:
- Tener conductas, actitudes o teorías que inciten al odio, racismo, sexismo u homofobia contra la infancia.
- Manifestar comportamientos ofensivos, conductas físicas inapropiadas o sexualmente provocadoras en presencia de niños y niñas.
- Tener comportamientos que produzcan daño a cualquier esfera de la vida del niño.
- Participar en actividades sexuales con niños o adolescentes, ya sean de manera física o virtual.
- Discriminar, mostrar tratamientos diferenciales o favorecer a determinados niños o niñas, excluyendo a otros.
- Hacer uso de formas de contacto personal con los niños y las niñas participantes de los programas de Ojos del mundo, como el correo electrónico o teléfonos móviles, para una finalidad diferente a la de la actividad de la Fundación.
3.3. Relación con el sector privado con afán de lucro
La Fundación velará para que las relaciones que mantiene y pueda mantener con empresas y/o patrocinadores corporativos no condicionen la independencia de sus decisiones y actividades, y no entren en conflicto con su misión, visión y valores.
Por ello, Ojos del mundo exigirá a sus colaboradores:
- Una conducta socialmente aceptable y responsable.
- Cumplir con la legislación laboral vigente en todos los países donde actúa, concretamente en materia de no explotación infantil, salarios, horarios legales, etc.
- Cumplir con la legislación vigente en materia de medio ambiente, así como con la normativa de protección de la infancia y de igualdad de género, en su caso, tanto en su país de origen como en cualquier otro país donde desarrolle su negocio.
- Cumplir con la legislación vigente en materia fiscal en su país de origen, así como también en cualquier otro país donde realice actividades.
- No llevar a cabo una actividad ni estar constituida por un capital que esté, directa o indirectamente, relacionado con la fabricación o el comercio de armas o de cualquier otro producto pensado para actos violentos o de uso militar.
- Respetar la igualdad del hombre y la mujer en todos los niveles.
3.4. Relación con los proveedores
Ojos del mundo se provee de material sanitario, equipamientos y otros bienes mediante la compra a proveedores o recibiéndolo en donación. En este sentido:
- Ojos del mundo intentará establecer convenios de colaboración con empresas y donantes particulares con la finalidad de garantizar los costes más bajos, sin detrimento de la calidad del material médico utilizado en los programas.
- Cualquier persona, relacionada o no con Ojos del mundo, que quiera abrir una negociación o llegar a un acuerdo con un proveedor (tanto de bienes como de servicios) en nombre de la Fundación, deberá contar con el acuerdo previo y explícito de la Dirección de Ojos del mundo.
3.5. Relación con las personas vinculadas a Ojos del mundo
En la gestión de personas, tanto del personal contratado como del personal voluntario y/o en prácticas, los miembros del Patronato y del Comité Ejecutivo, ojos del mundo aplica los siguientes principios:
- Trabajar para la equidad y la igualdad de oportunidades, a través de procedimientos específicos y de la política de gestión de las personas.
- Garantizar que la selección, la asignación de puestos de trabajo y la promoción del personal se realiza en función de la capacidad, la cualificación, los conocimientos y la experiencia, asegurando en todo momento que no existe distinción, exclusión o preferencias basadas en otras cuestiones.
- Mantener el equipo profesional adecuado para realizar un trabajo de calidad y fomentar la comunicación interna y la formación para motivar y desarrollar las competencias del equipo.
- Respetar los derechos de los trabajadores y trabajadoras, así como su libertad de asociación, conciencia, expresión o culto.
- Velar por la salud, la seguridad y la conciliación laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras, cumpliendo la legislación vigente.
- Trabajar para crear un entorno laboral positivo, fomentando un clima de respeto entre todas las personas que forman parte de la Fundación y denunciando aquellas conductas que supongan un agravio hacia cualquier persona.
- Trabajar para la profesionalidad del voluntariado como base de una colaboración útil y enriquecedora. El voluntariado que forma parte de la Fundación supone un valor añadido, reforzando el vínculo de la Fundación con la sociedad.
- Contratar preferentemente personal local en los países en que trabaja.
- Disponer de mecanismos de reclamación y denuncia de irregularidades para prevenir, detectar y gestionar cualquier tipo de mala conducta, abuso o acoso.
4. Funcionamiento y criterios de actuación
4.1. Conflicto de intereses y prevención del fraude y la corrupción
Los procesos de toma de decisión serán imparciales y de acuerdo con el Código ético y de conducta.
En caso de confrontación entre el interés de la organización y los privados de las personas voluntarias, contratadas, asociadas o miembros de comités o del Patronato que puedan influir indebidamente en el ejercicio de sus deberes y responsabilidades, prevalecerá el interés de la organización ante el personal, especialmente en los casos de aquellos que forman parte de los órganos de gobierno, de dirección y de los que ocupan cargos con capacidad de propuesta y decisión en torno a la gestión laboral o económico-financiera, y en la relación de la institución con proveedores de bienes y servicios y/o contrapartes.
Se evitará especialmente la corrupción entendida como el abuso de poder para obtener beneficios propios, así como el fraude entendido como la obtención deshonesta de un beneficio (sea tangible o intangible) mediante el engaño u otros medios. El fraude abarca una gama completa de irregularidades y actos ilegales, caracterizados todos por basarse en un engaño intencionado.
Se establecerán procedimientos para prevenir, denunciar y gestionar cualquier mala conducta, conflicto de interés, acto fraudulento o de corrupción.
4.2. Captación y gestión de fondos
Ojos del mundo se nutre de aportaciones económicas públicas y privadas y trabaja para la optimización de los recursos.
Tiene una importancia especial la plasmación de los principios de la Fundación en la captación y la utilización de los recursos económicos. En esta línea:
- En las actividades de captación de fondos, Ojos del mundo actuará siempre con equidad, honestidad e integridad.
- Cuando una persona, relacionada o no con Ojos del mundo, reciba una aportación puntual destinada a la Fundación deberá comunicarlo al Comité Ejecutivo o a la Dirección de la Fundación, con la finalidad de incluirla en las cuentas de Ojos del mundo, y garantizar así la total transparencia de datos.
- Ojos del mundo respeta la voluntad de los donantes en cuanto al destino final de sus fondos. En caso de tener que hacer alguna modificación se informará oportunamente al donante.
- Ojos del mundo garantiza la privacidad y la confidencialidad de los datos y la información de sus donantes y colaboradores, y solicita su consentimiento previo para hacerlos públicos.
- Ojos del mundo realiza evaluaciones y auditorías externas a la organización y presenta los datos económicos de cada ejercicio en la memoria de actividades publicada anualmente, así como en la página web, con el fin de hacerlas conocer a las personas socias y donantes y a las entidades colaboradoras.
4.3. Datos personales e imágenes
Los objetivos estratégicos de comunicación deben guiar todas las iniciativas de comunicación y la imagen corporativa debe mostrarse en todos los actos públicos de la Fundación.
Todas las intervenciones y declaraciones públicas de los miembros de Ojos del mundo, así como la relación de la Fundación con los medios de comunicación, deben ser programadas y coordinadas por la Dirección de Ojos del mundo.
Ojos del mundo sitúa como protagonistas de la comunicación a las personas y evita los estereotipos en la medida en que pueden fomentar la discriminación y con especial énfasis con respecto a los estereotipos de género y al lenguaje sexista.
Ojos del mundo vela por la igualdad entre mujeres y hombres, y trata de reflejar en los contenidos y la proyección pública una presencia equilibrada de los dos sexos.
Ojos del mundo cuida de las imágenes de los niños. Todos los contenidos, fotografías o vídeos publicados en las redes sociales u otros canales de comunicación de la entidad serán validados por el Área de Comunicación, garantizando el respeto a la legislación, las costumbres y los derechos de los niños.
Asimismo, la Fundación vela por hacer un uso adecuado de los datos personales de terceras personas a través de los diferentes canales de recopilación, y hace uso de ellos respetando sus derechos según el Reglamento europeo de protección de datos y la Ley orgánica de protección de datos.
4.4. Transparencia en la gestión y la información
La transparencia es uno de los principios fundamentales que rige el trabajo de la Fundación Ojos del mundo, que se compromete a ser transparente en relación con sus objetivos y actividades, así como también en relación con la gestión administrativa y financiera de la organización.
Como Fundación con sede social en Barcelona, rinde cuentas ante el Protectorado de Fundaciones de la Generalidad de Cataluña y cumple la normativa de transparencia. Además, dado que recibe fondos públicos, está sujeto a la Ley de subvenciones y al control de las administraciones públicas nacionales e internacionales que conceden estas ayudas.
Además, la Fundación aplica mecanismos de transparencia propios en la gestión dirigidos a la rendición de cuentas ante sus donantes, colaboradores y el conjunto de la sociedad. Concretamente:
- Realiza auditorías externas de las cuentas de la organización.
- A través de la web https://www.ullsdelmon.org/es/, de las redes sociales y de las herramientas de comunicación disponibles, Ojos del mundo publica información respecto a sus actividades, organización y funcionamiento. Más concretamente, en el apartado de transparencia de la web corporativa (https://www.ullsdelmon.org/es/transparencia/) se puede acceder, entre otros, a:
La organización
La misión, la visión y los principios fundamentales
Los Estatutos
El Código ético y de conducta
El Plan estratégico
Las cuentas claras
Los financiadores
Las subvenciones y ayudas públicas
Los proyectos
La estrategia de género
La estrategia de educación para la justicia global
Las memorias de actuaciones
Los registros y los grupos de interés
5. Difusión, aplicación y cumplimiento
5.1. Difusión y aplicación del Código
El Código ético y de conducta se dará a conocer a las personas socias, entidades colaboradoras, contrapartes locales, administraciones públicas, redes y plataformas, empresas y cualquier otra institución y/o persona que así lo solicite.
La responsabilidad en la difusión de este Código recae en la persona que tenga asignada la competencia en la gestión de las personas en la Fundación, así como de los coordinadores de los proyectos en cada uno de los territorios donde Ojos del mundo coopera.
El Código será suscrito por los trabajadores y trabajadoras (tanto de sede como de terreno), por el voluntariado, incluidos los miembros del Comité Médico y del Consejo Asesor, por el personal en prácticas y por los miembros de los órganos de gobierno de la Fundación.
5.2. Mecanismos de denuncia de irregularidades y abusos
Con el objetivo de prevenir, detectar, denunciar y gestionar cualquier tipo de mala conducta, conflicto de interés, acto fraudulento o de corrupción, acoso o abuso, la Fundación cuenta con un Comité de Comportamiento Ético.
Este Comité está constituido por personal del equipo directivo, quien gestiona un correo electrónico específico para recibir denuncias o quejas (conductaetica@ullsdelmon.org) que también se pueden hacer llegar por correo postal a la calle Tamarit, 144-146, entresuelo 2ª, 08015, de Barcelona.
La persona responsable de la gestión de personas recibe y deriva las denuncias al Comité que procederá a recopilar la máxima información posible con el fin de poder hacer una evaluación y determinar unas conclusiones. En función del caso, y siempre que se considere oportuno, se incorporarán expertos externos al Comité. Si algún miembro del Comité de Comportamiento Ético está involucrado en un caso de denuncia, no participará en la evaluación de los hechos denunciados.
Ante toda denuncia de un caso de mala conducta se prioriza la seguridad de las víctimas y denunciantes. Se prestará atención inmediata a la víctima y se le proporcionará la asistencia que requiera.
Cualquier caso que se denuncie como posible mala conducta, conflicto de interés, acto fraudulento o de corrupción, acoso o abuso por parte de un miembro vinculado a la Fundación será tratado con la máxima confidencialidad y de manera objetiva con el fin de tomar las medidas adecuadas, aplicar las sanciones correspondientes (si así se determina) e identificar las medidas preventivas necesarias para que no se vuelva a reproducir. En cuanto a los trabajadores/as, se aplicará lo que se regule en el Convenio colectivo respecto al procedimiento disciplinario, en su caso.
Las conclusiones y sanciones se notificarán siempre a la persona denunciante y a la denunciada. El Patronato de la Fundación, respetando la máxima confidencialidad, será informado anualmente de los casos de comportamiento inadecuado que puedan originarse, así como de la resolución que haya sido adoptada.
5.3. Aprobación y modificación del Código
En virtud del artículo 14 de los Estatutos, corresponde al Patronato o bien al Comité Ejecutivo aprobar y modificar el Código ético y de conducta.
Anexo 1: Declaración personal y compromiso con el Código
Declaro haber recibido, leído, entendido y aceptado los principios y el contenido del Código ético y de conducta de Ojos del mundo y me comprometo a trabajar en ellos de acuerdo, y a aplicar y promover sus procedimientos y prácticas mientras trabaje o mantenga una vinculación con Ojos del mundo.
Asumo que el incumplimiento o vulneración de cualquiera de los principios y normas de Ojos del mundo, mientras esté vigente mi relación laboral, académica, profesional o voluntaria con la Fundación Ojos del mundo, puede tener como consecuencia inmediata la adopción de medidas disciplinarias ante mi persona.
Asimismo, no me encuentro en ningún conflicto de interés que pueda comprometer mi imparcialidad e independencia con respecto a mi relación laboral, académica, profesional o voluntaria con la Fundación. Y me comprometo a poner en conocimiento del Comité de Comportamiento Ético de la Fundación, de forma inmediata y por escrito, cualquier potencial conflicto de intereses que se pueda producir durante el desarrollo de la relación.
Nombre y apellidos:
Relación con la Fundación Ojos del mundo (trabajador/a, patrón/a, voluntario/a, estudiante en prácticas, miembro del Consejo Asesor, Comité Médico, etc.):
Fecha:
Firma
Anexo 2: Principios y normas para la gestión de los conflictos de intereses y para la prevención del fraude y la corrupción
Principios
1. Prevención
- Establecer controles destinados a reducir el riesgo de que se produzcan casos de fraude, corrupción, así como comportamientos inadecuados.
- Evitar que se den situaciones de potencial conflicto de interés mediante la declaración proactiva de cualquier persona del equipo, emitiendo la correspondiente declaración de conflicto de interés dirigida al Comité de Comportamiento Ético.
- Aquellas personas del equipo que se vean afectadas por algún cambio que comporte un posible conflicto de interés, modificarán de manera proactiva la declaración de conflicto de interés para que quede una debida constancia.
2. Detección
- Cualquier persona del equipo es responsable de comunicar de manera proactiva posibles conflictos de interés o casos de fraude o corrupción de los que tenga indicios o conocimiento para que sean investigados. Podrá hacerse por medio de los mecanismos de denuncia establecidos en este Código.
3. Gestión
- Una vez se tenga conocimiento o indicios de un posible conflicto de interés o un posible caso de fraude o corrupción el Comité de Comportamiento Ético hará las indagaciones necesarias para aclarar si se trata realmente de un conflicto de interés, caso de fraude o corrupción y, en caso afirmativo, tomar las medidas necesarias.
- Respecto a los miembros del Patronato, tal y como se establece en los Estatutos, deben comunicar cualquier situación de conflicto, que tengan con la Fundación, antes de que el órgano de gobierno adopte un acuerdo sobre el que pueda haber un conflicto de interés personal y de interés por la Fundación, proporcionando la información relevante y absteniéndose de intervenir en la deliberación y votación.
Normas
Los miembros del Patronato y las personas indicadas en el artículo 312.9.3 del libro tercero del Código civil de Cataluña:
- Deberán abstenerse de participar en aquellos negocios y actividades financieras que puedan comprometer la objetividad en la gestión de la Fundación.
- No podrán participar en el capital social de sociedades constituidas o participadas por la propia Fundación.
- Será necesaria la autorización previa del Protectorado para la suscripción con la Fundación de contratos de compraventa o arrendamiento de bienes inmuebles o de bienes muebles de extraordinario valor, de préstamo de dinero o de presentación de servicios retribuidos.
Se equipara al interés personal a los efectos de apreciar la existencia de un conflicto de intereses, el interés de las siguientes personas:
- En caso de que se trate de una persona física, el del cónyuge, el de las personas con las que esté especialmente vinculado por vínculos de afectividad, el de sus parientes en línea recta sin limitación y en línea colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad, y el de las personas jurídicas en las que se ejerza funciones de administración o con las que se constituya, directamente o mediante una persona interpuesta, una unidad de decisión, de acuerdo con la legislación mercantil.
- En caso de que se trate de una persona jurídica, el de sus administradores o administradoras, o personas apoderadas, los de los socios o socias de control y el de las entidades que formen con la misma una unidad de decisión, de acuerdo con la legislación mercantil.